El diverso panorama normativo del snus blanco en la Unión Europea

Introducción: Un estudio de la variación

En un estudio detallado publicado en la revista Tobacco Control Journal, investigadores del Instituto Johns Hopkins para el Control Mundial del Tabaco han presentado una encuesta exhaustiva en la que se examina cómo gestionan los distintos países el snus blanco, un tipo de tabaco sin combustión. La encuesta de 2021 llegó a 97 países, de los que respondieron 63, entre ellos 27 de la Unión Europea, además de Noruega e Islandia. Este artículo se centra en las respuestas de estos países de la UE, arrojando luz sobre sus enfoques normativos.

La presencia en el mercado y la regulación del snus blanco

Los investigadores plantearon preguntas críticas para comprender la presencia en el mercado del snus blanco, su regulación y si las normativas difieren si el snus es a base de tabaco o producido sintéticamente. Profundizaron en las respuestas, analizándolas en función de criterios como las restricciones de edad, la fiscalidad, las advertencias sanitarias en los productos, las prácticas de marketing, los diseños de los envases, los ingredientes y la concentración de nicotina.

Resultados: Un espectro de enfoques normativos

La encuesta reveló una amplia gama de prácticas reguladoras en relación con el snus blanco, que van desde la ausencia total de regulación hasta leyes estrictas destinadas a impedir la disponibilidad del producto. Al poner de relieve la forma en que algunos países han legislado el snus blanco, independientemente de su origen, el estudio sugiere que otras naciones podrían reflexionar sobre sus capacidades reguladoras, dándose cuenta potencialmente de que poseen más autoridad de la que se pensaba inicialmente. Esto podría extenderse a otros productos, como los cigarrillos electrónicos, señalan los investigadores.

Futuros retos legislativos

Los investigadores también reflexionan sobre los futuros retos de la legislación para los productos del tabaco y la nicotina. Sugieren que los responsables políticos deben plantearse cambiar el enfoque del tabaco a la nicotina y determinar cómo regular el snus blanco en comparación con otros productos del tabaco. A medida que la industria del tabaco evoluciona su oferta, creando una mezcla de productos, los legisladores también deben contemplar la respuesta legislativa adecuada.

Conclusiones sobre la postura de los países europeos

El estudio concluye con las conclusiones de los investigadores sobre los países europeos participantes en la encuesta:

Mercados regulados: El snus blanco está presente y regulado en Bélgica, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Islandia, Italia, Lituania, Noruega y Polonia.

Presencia no regulada: El snus blanco está presente pero no regulado en Montenegro, los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido.

Presencia no regulada: El snus blanco está presente pero no regulado en los Países Bajos, Suecia y el Reino Unido.

Ausencia regulada: El snus blanco no está presente en el mercado pero está regulado en España.

Ausencia no regulada: El snus blanco no está presente en el mercado ni está regulado en Rumanía.

Sin datos: El snus blanco no está presente en el mercado pero está regulado en España.

Sin datos: No se dispone de información sobre Luxemburgo.

A la espera de una regulación a nivel de la UE

Muchos países indicaron que están esperando la regulación a nivel de la UE antes de promulgar leyes nacionales. Sin embargo, algunos ya han introducido cambios legislativos. Por ejemplo, España determinó que la legislación vigente sobre productos del tabaco no cubría el snus blanco y lo reguló como medicamento. En junio de 2022, ningún snus blanco había sido aprobado como medicamento.

Clasificaciones y legislación

Los investigadores también estudiaron cómo clasifican los países el snus blanco y cómo afecta esto a la legislación. Descubrieron que las clasificaciones varían, ya que algunos países regulan todo el snus blanco y otros sólo regulan los productos derivados de la planta del tabaco.

Reflexión sobre el poder de la legislación

El artículo concluye reiterando la posibilidad de que los países reevalúen su poder regulador. A medida que cambia la combinación de productos de la industria tabaquera, también deben hacerlo los planteamientos legislativos, garantizando que la salud pública siga estando en el primer plano de los esfuerzos reguladores.

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